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Como aplicar a subsidio en compra de vivienda

Cómo aplicar para la compra de vivienda nueva si usted gana un salario mínimo

El Gobierno Nacional entrega subsidios especiales de 22 y 25 SMLMV, además de 5 puntos del subsidio a la tasa de interés.

Bogotá, 16 de julio de 2013. (MVCT).-El Ministerio de Vivienda, dentro de su política nacional de más viviendas para los colombianos más necesitados, estructuró un nuevo programa que va a cobijar a 86 mil familias que tengan ingresos mensuales que no superen los dos salarios mínimos mensuales. El nuevo Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores, más conocido como "Salario Mínimo", tendrá el mismo esquema de desarrollo que el de las 100 mil Viviendas Gratis.

Frente a este tema, el Ministro de Vivienda, Luis Felipe Henao Cardona, respondió las principales inquietudes que tienen los colombianos.

1. ¿Qué busca el Programa de Vivienda para Ahorradores o Salario Mínimo?

Ministro: Este programa busca promover la adquisición de vivienda para familias de todo el país que tengan ingresos de hasta dos salarios mínimos mensuales. Estos hogares podrán tener casa propia sin comprometer más del 30% de su ingreso en el pago de las cuotas del crédito hipotecario. Lo anterior significa que un hogar que tenga ingresos de un salario mínimo mensual podrá comprar su casa, en el marco de este programa, con una cuota mensual aproximada de 180 mil pesos.

2. ¿Qué requisitos se deben cumplir los hogares para ser potenciales beneficiarios del programa?

Ministro: Podrán ser beneficiarios del programa los hogares que tengan ingresos totales mensuales no superiores a  dos salarios mínimos legales mensuales vigentes. Que no sean propietarios vivienda. Que no hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda efectivamente aplicado, ni de la cobertura de tasa de interés. Que cuenten con un ahorro del 5% del valor de la vivienda, es decir, aproximadamente dos millones de pesos. Que tengan un crédito pre-aprobado por los recursos faltantes para acceder a la vivienda y que no hayan sido inhabilitados por haber presentado documentos o información falsa con el objeto de que le fuera adjudicado un subsidio.

3. ¿Cuántas familias se beneficiarán con la medida?

Ministro: Con este programa serán beneficiados 86 mil hogares que tienen ingresos de hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, que adquieran vivienda de interés prioritario urbana nueva en los proyectos que se seleccionen en desarrollo del programa.

4. ¿Estos 86 mil hogares qué beneficios puntuales tendrán?

Ministro: A los hogares que tengan ingresos de hasta 1,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes podrá asignárseles un subsidio hasta por 25 salarios mínimos, y a los que tengan ingresos de más de 1,5 y hasta 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes, podrá asignárseles un subsidio hasta por 22 salarios mínimos.

Además recibirán la cobertura de tasa de interés, que equivaldrá a 5 puntos de la tasa del crédito que se les otorgue para la adquisición de la vivienda.

Los beneficios antes señalados deberán aplicarse en la adquisición de las viviendas que no superen los 70 salarios mínimos mensuales legales vigentes, y que se ejecuten dentro de los proyectos seleccionados en desarrollo del programa.

5. ¿El programa impactará la generación de empleo?

Ministro: Sí, se estima que con la ejecución de este programa se generarán cerca de 100.000 empleos.

6. ¿Cuántos recursos se invertirán en el Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores?

Ministro: El monto total del Programa asciende a $2,1 billones. El Fondo Nacional de Vivienda (FONVIVIENDA), entidad adscrita al Ministerio de Vivienda, destinará aproximadamente $1,8 billones  y las Cajas de Compensación Familiar aportarán aproximadamente $0,3 billones.

7. ¿Cómo es el esquema de ejecución del programa?

Ministro: FONVIVIENDA y las Cajas de Compensación Familiar, de acuerdo con las facultades que les otorga la Ley, constituirán un "patrimonio autónomo", que será el ente encargado de administrar los recursos del programa, adelantar los procesos de selección de los proyectos de vivienda que se desarrollarán en el marco del mismo, y desembolsar los recursos del subsidio a los oferentes seleccionados que cumplan los requisitos que se indiquen en las convocatorias de los procesos de selección.

8. ¿Quiénes construirán las viviendas prioritarias para estas 86 mil familias?

Ministro: Los promotores, constructores y/o las Cajas de Compensación Familiar podrán ofertar proyectos de vivienda de interés prioritaria nueva construida, en construcción, o por iniciar, siempre y cuando cumplan con las condiciones y requisitos de la convocatoria que realice el patrimonio autónomo para la selección de los proyectos.

También podrán adelantarse procesos de selección en los que las entidades públicas sean oferentes de los proyectos como miembros de consorcios o uniones temporales con promotores, constructores y/o Cajas de Compensación Familiar.

Se exigirá, como mínimo, que los proponentes tengan experiencia específica mínima de 5 años en ejecución de proyectos de vivienda y que no hubieren sido sancionados por incumplimientos contractuales relacionados con la construcción, de acuerdo con las normas vigentes. También se solicitarán los documentos que acrediten la viabilidad técnica, jurídica y financiera del proyecto.

9. ¿Cómo serán seleccionadas las familias beneficiarias?

Ministro: Los oferentes de los proyectos seleccionados presentarán el listado de hogares propuestos para ser beneficiarios de los subsidios a aplicar en las viviendas del proyecto.

Las Cajas de Compensación Familiar apoyarán en la verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas para los hogares beneficiarios. FONVIVIENDA podrá verificar su cumplimiento cuando lo considere pertinente.

Si existen imprecisiones o irregularidades en los datos entregados, se otorgará un plazo para que el oferente y/o el hogar emitan aclaraciones, pero si no se subsanan, se rechazará el hogar y se solicitará al oferente proponer otro.

En el evento en que se adviertan inconsistencias con posterioridad a la asignación del subsidio, habrá lugar a su restitución, con el valor del salario mínimo del momento de la restitución.

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